Interviene la Jueza de Faltas y aquellos que no acaten la medida serán sancionados.

El domingo 24 de septiembre, los mendocinos elegiremos a los candidatos para los cargos de gobernador y vicegobernador, 6 senadores provinciales titulares, 8 diputados provinciales titulares por la Primera sección electoral, 5 senadores provinciales titulares, 6 diputados provinciales titulares por la segunda sección electoral, 4 senadores provinciales titulares, 5 diputados provinciales titulares por la tercera sección, 4 senadores provinciales titulares y 5 diputados provinciales titulares por la cuarta sección electoral.

Por esta razón, el Honorable Concejo Deliberante emitió un comunicado que apunta a los Partidos Políticos, Frentes electorales y candidatos: “Se encuentra vigente la Ordenanza Nª 1.770/2.015 que regula la realización de publicidad y/o propaganda política en los lugares, espacios, bienes y equipamientos públicos ubicados en el Departamento de Malargüe, habiéndose expresamente prohibido en su artículo 3ª  «la utilización de cualquier método destinado a la realización de publicidad y/o propaganda político partidaria, como fijación de afiches, carteles pintado e inscripciones de letreros, leyendas, utilización de aerosoles, pinturas y cualquier otro sistema sobre el arbolado público, monumentos, plazas, bustos, placas, mástiles, muros ofrendatarios, fuentes, bancos, canteros y cestos de plazas, puentes, garitas, paradas de colectivos, contenedores carteles indicadores de calles, cartelera y señalización».

Por su parte, la jueza de Faltas, doctora María Paz Zabalegui, informó que a raíz de la denuncia de un vecino al Juzgado se le solicitó a la Municipalidad que realice un relevamiento de toda la cartelería que existe en el radio céntrico. “A partir de que se tenga esa información, se notificará a las agrupaciones, las cuales tendrán un plazo para retirar esa cartelería, en caso de no cumplir se los sancionará. Se le dio curso a la presentación por escrito y enmarcado en el artículo 117 del Código Contravencional, que establece multa para el que ensuciare, fijare, dibujare o manchare postes de alumbrado, monumentos, paredes o puertas de edificios públicos serán sancionados”.

Comentarios